sábado, 10 de septiembre de 2011

LA IGLESIA CATÓLICA DE COAMO (Primera Parte)

A fines del siglo 17 ya la iglesia de Coamo estaba operando como parroquia.
Con fecha de septiembre de 1692, mediante una Cédula Real el cura de Coamo era colativo del Patronato Real declarándose además oficialmente parroquias a Arecibo, Aguada y Ponce, pero en realidad este mandato no tuvo cumplimiento efectivo hasta el año 1713. La Iglesia de Coamo no obstante, había estado operando desde mucho tiempo antes como tal, contribuyendo grandemente al proceso religioso y civilizador de la parte sur-central y sur-oriental de Puerto Rico, según también informamos en nuestra reseña para el siglo 17.

Administración Y Organización De La Iglesia Católica
En aquella época, debido al rápido incremento de la población, y por ende, de la fundación de nuevos pueblos, había una escasez marcada de sacerdotes en la Isla. Allá para el 1774 algunas parroquias carecían de curas, entre éstas, Coamo. La falta de un cura en Coamo fue sencillamente accidental y temporera dada la importancia de la parroquia. En un informe enviado a la corte por el Deán don Pablo Ramón {Ramón, así aparece en la fuente de información}, éste denunciaba que en la ciudad de San Juan había muchos clérigos sin cargo asignado y sin embargo en otros pueblos de la Isla no tenían sacerdotes. Acusaba también que algunos curas no sabían ni leer.»

Todos los curas de la Isla eran de nombramiento real; el Obispo sometía tres candidatos al gobernador, quien elegía uno. Los curas párrocos no tenían igual salario en todos los pueblos. Unos podían recibir 300 pesos al año, otros 200 y aún menos. Él cura le pagaba de su sueldo dos o tres pesos mensuales al sacristán. Él salario unido a los derechos parroquiales podía aumentar los ingresos del cura a mil pesos anuales, según fuera la categoría del pueblo donde operaba.

El tribunal eclesiástico del obispo tenía un provisor, que era vicario general de todas las islas y provincias de la Tierra Firme pertenecientes al Obispado de Puerto Rico. A este tribunal correspondía tomar todas las decisiones de las causas matrimoniales, beneficiales y demás causas eclesiásticas. Además de este tribunal había dos vicarías, una en la Villa de San Germán y la otra en el pueblo de Coamo. Esta vicarías sólo tenían autoridad para formar sumarias, o juicios, en los asuntos que le competían, debiendo remitirlas al tribunal del Obispo para decisión final.
Con fecha 28 de mayo de 1762, se aprobó una Real Cédula participando que la Purísima Concepción de la Virgen Madre había sido declarada Patrona y Abogada de todos los Reinos de España e Indias. Los isleños eran muy devotos de Nuestra Señora, llevando casi todos un rosario al cuello, rezando éste por lo menos dos veces al día. Pero la ignorancia reinante y la falta de instrucción en la juventud no le permitía saber lo más preciso de la doctrina cristiana. Iñigo Abbad achacaba esto al vivir diseminada la gente por los campos.

Decía Ledrú en 1797 que las ceremonias religiosas eran muy numerosas y concurridas en ésta Isla, y particularmente las que se dedicaban al culto de María. Tanto los hombres como los niños, sobre todo las mujeres, acudían a las procesiones del Rosario, que se repetían de noche dos veces por semana. Se reunían de tres a cuatrocientos feligreses y colocados de dos en dos marchaban a paso lento llevando cada uno una linterna o vela en la mano, caminando tras ellos los frailes, quienes cantaban las letanías de la Virgen al son de las guitarras que componían la orquesta. Un pertiguero, que llevaba un estandarte rodeado de campanillas y farolitos, cerraba el cortejo. Estas procesiones nocturnas duraban tres o cuatro horas y normalmente salían de la iglesia bien a las diez de la noche o a las doce, recorriendo las calles muy lentamente y deteniéndose de vez en cuando delante de la puerta del hogar de algún devoto que acostumbraba ser generoso con la iglesia.

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